Requisitos de Apertura - Personas Físicas
- Solicitud de Servicios Bancarios.
- Registro de Firmas 2 (Dos especímenes) a ser registrados en el banco, caso contrario deben estar Certificados por Escribanía con la hoja de seguridad correspondiente (cada cartón debe contener la siguiente leyenda con firma y sello del escribano: “Conforme hoja de certificación N° ______”).
- Formulario Anexo 2 Identificación del Cliente - Persona Física.
- Fotocopia autenticada de la Cédula de Identidad Civil vigente y del Cónyuge, según sea el caso.
- Factura de servicios original o copia autenticada (ANDE, ESSAP, COPACO) a nombre del titular, caso contrario Certificado de Vida y Residencia.
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Justificado de ingresos:
- Jubilado: Fotocopia autenticada de la resolución de jubilación, y las 3 últimas liquidaciones de cobro de haberes.
- Funcionario de ente público: 3 últimas Liquidaciones de Salarios y Certificado de Trabajo Original vigente con Remuneración y antigüedad.
- Funcionario de ente privado: Certificado de trabajo original vigente con remuneración y antigüedad más 3 ultimas comprobaciones de pago de I.P.S.
- Independiente: Copia autenticada de las 3 últimas presentaciones de I.V.A., Renta, Ruc, Certificado de Cumplimiento Tributario, Constancia – Persona Física y Patente Comercial o Profesional según sea el caso.
- Para los casos en que las actividades sean: Casas de Empeño, Inmobiliarias, Organización sin Fines de Lucro, Asociaciones, Fundaciones, ONGs, Remesadoras, Personas Físicas o Jurídicas que se dediquen de manera habitual al comercio de joyas, piedras y metales preciosos, objetos de arte y antigüedades, y las personas que se dediquen a la inversión filatélica o numismática, Personas Físicas o Jurídicas que se dedican comercialmente a la importación, compra, venta y consignación de vehículos automotores para compraventa, deben presentar el Registro de inscripción en SEPRELAD–BCP–Portón Nº 4 –Subsuelo–Telef: 600-435.
OBSERVACIÓNES
- En caso de que los documentos NO sean presentados por el/los titular/res, debe adjuntar una nota firmada por el/los mismo/s solicitando la apertura de la cuenta y autorizando a la persona que presentará dichos documentos.
- Una vez aperturada la cuenta, los documentos deben actualizarse anualmente.