Préstamos Sector Industrial

BENEFICIARIOS

- Persona(s) física(s) ó jurídica(s) que se dediquen a la actividad industrial

LIMITE DE PRESTAMO
- Hasta el 80% (ochenta por ciento) del costo total del proyecto de inversión.

DESTINO
- Adquisición de materias primas, insumos, mano de obra y otros.

TASA DE INTERES
- 13% anual en guaraníes y 13% anual en dólares americanos

PLAZO Y CALENDARIO DE PAGO

- Hasta 24 (veinte y cuatro) meses:
A los 6 meses Intereses
A los 12 meses 30% del capital + interés
A los 18 meses 30% del capital + interés
A los 24 meses 40% del capital + interés

GARANTIA
- Certificado de Depósito de Ahorro (C.D.A.)
- Garantía Bancaria
- Hipotecaria. En caso que el sujeto de crédito sea persona jurídica, adicionalmente a la garantía hipotecaria se deberá exigir la garantía personal solidaria de los titulares de la Sociedad, exceptuándose la misma en el caso de ser Cooperativas de Producción.
- Para una estructura de garantía mixta (hipotecaria – prendaria), se podrá permitir una participación de hasta el 30% de bienes muebles y/o semovientes, la cual será decisión exclusiva del Consejo de Administración.

REQUISITOS
- Calificación 1 en el sistema financiero, no poseer antecedentes crediticios o comerciales negativos.
- Los solicitantes del crédito deberán disponer de las instalaciones mínimas requeridas para llevar a cabo la actividad a ser financiada.
- Para los casos de inicio de actividades, el promotor del proyecto deberá poseer experiencia en el rubro a ser financiado, de 1 (un) año como mínimo.
- En caso que el valor del terreno no cubra el monto del préstamo a ser concedido, se deberá contratar una póliza de seguro por las mejoras, que deberá estar endosado a favor del Banco Nacional de Fomento.

OBSERVACIÓN: Es responsabilidad del/de la prestatario/a , dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 294/93 del 14-dic-93 de “Evaluación del Impacto Ambiental” y el Decreto No. 14.281 del 14-Jul-96 que reglamenta dicha obligación, específicamente en lo referente a la presentación de la “Licencia Ambiental”. Él mismo asume la responsabilidad por las sanciones que pudieran corresponder por la trasgresión de las disposiciones de dicha Ley.

DOCUMENTACIONES PEQUEÑOS Y MEDIANOS DEUDORES

• En caso que el solicitante sea Persona Física, deberá presentar fotocopia autenticada de la cédula de identidad policial vigente ó documento equivalente. Si es Persona Jurídica deberá presentar fotocopia autenticada del RUC
• Solicitud de crédito firmada por el interesado en formulario proveído por el Banco.
• Manifestación de Bienes tanto del deudor como del codeudor ó aval si hubiere; amparada por la documentación que la justifique. (Para Personas Físicas).
• Certificado de ingreso y fuente de repago de la obligación: Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) del periodo en el cual se solicita el crédito; Impuesto a la Renta (IR), cuando corresponda; Impuesto a la Renta Agropecuaria (IMAGRO), según el tributo del cual el solicitante sea contribuyente.
• Referencias personales y comerciales (mínimo 2 en c/caso).
• Patente industrial de los últimos dos semestres.
• Certificado de Cumplimiento Tributario cuando corresponda.
• En caso que la actividad sea desarrollada en un predio que no sea propio, presentar contrato de alquiler ó de arrendamiento por el plazo de la prestación.
• Presentar original ó copia autenticada del poder o autorización otorgada para contraer obligaciones en nombre del prestatario, si lo hubiere.
• Declaración Jurada de Deudas, especificando el monto de la obligación, acreedor, tasa de interés, plazo, vencimiento y tipo de garantía, cuya declaración deberá ser aproximada con la información provista por la Central de Riesgos Crediticios (CRC – BCP).
• Firmar la autorización para solicitar información sobre calificación en la Central de Riesgos Crediticios del BCP en el formulario proveído por el Banco (en 2 copias).
• Título de propiedad del ó los bienes ofrecidos en respaldo del crédito (Original ó copia autenticada con hoja de seguridad original). Fotocopias autenticadas de los títulos de las propiedades declaradas.

EN CASO DE SER GRAN DEUDOR
Adicional a las documentaciones requeridas a los Pequeños y Medianos deudores deberán:
• Los estados contables deberán estar auditados al menos anualmente por profesionales independientes, ambos con matrícula expedida por la agremiación correspondiente, cuando el total de las operaciones de crédito con un solo deudor supere el equivalente a US$.1.000.000 (dólares americanos un millón) por entidad de crédito o US$.3.000.000 (dólares americanos tres millones) en conjunto en el sistema financiero.
• Flujo de caja debidamente actualizado y analizado. El analista deberá prestar atención especial a la correspondencia de dicho flujo con los estados contables del deudor.

Observaciones

    1- Se cobrará G 20.000.-más IVA por gasto de gestión directa de cobro de préstamos en mora;
    2- Se percibirá en concepto de comisión por análisis de los Estados Contables los sgtes. Importes:
    Desde G 3.000.000.- a G 10.000.000.- : G 20.000.-
    Desde G 10.000.001.- a G 20.000.000.- : G 50.000.-
    Desde G 20.000.001.- a G 50.000.000.- : G 100.000.-
    Más de G 50.000.000.- : G 150.000.-

LAS FOTOCOPIAS DEBEN ESTAR AUTENTICADAS POR ESCRIBANO PUBLICO

Para mayor información a los teléfonos: 419 1486 (Atención al Cliente) - 419 1429 (Sección Negocios)
oficialdenegocios@bnf.gov.py