- Personas físicas y/o jurídicas que se dedique(n) a la explotación y/o intermediación de la actividad agropecuaria.
LIMITE DE PRESTAMO
- Hasta el 80% (ochenta por ciento) del costo directo de producción.
DESTINO
- GASTOS DE CULTIVO: Insumos técnicos y mano de obra.
• MANO DE OBRA: Preparación de suelo, siembra, cuidados culturales,
tratamientos fitosanitarios, cosecha y otros;
• INSUMOS TÉCNICOS: Semillas, fertilizantes, pesticidas, herbicidas,
bolsas y otros
CULTIVOS FINANCIABLES
- SOJA ó TRIGO ó MAIZ (en guaraníes o dólares americanos)
- ALGODÓN (en guaraníes)
- SOJA – TRIGO Y OTROS CULTIVOS ASOCIADOS (MAIZ Y OTROS) – (en guaraníes
y dólares americanos):
• Cultivo Principal: SOJA (cultivo estival)
• Cultivo complementario: TRIGO, MAÍZ Y OTROS (cultivo invernal)
• Tamaño: deberá disponer de un mínimo de 50 (cincuenta) hectáreas de
superficie habilitada para cultivo.
- DIVERSIFICACION AGRÍCOLA (en guaraníes): Arroz, caña de azúcar, girasol,
canola, ka’a he’e, mandioca, yerba mate, piña, poroto, sandía, melón,
sésamo, sorgo, hortalizas, frutas y otros rubros de renta.
TASA DE INTERES
- 10% anual en guaraníes y 12% anual en dólares americanos
PLAZO Y CALENDARIO DE PAGO
| RUBRO | PAGOS | HASTA | |
| SOJA | Capital e intereses | 10 de jun | del período agrícola correspondiente |
| TRIGO | Capital e intereses | 10 de dic | del período agrícola correspondiente |
| MAIZ | Capital e intereses | 1 año | |
| ALGODÓN | Capital e intereses | 10 de may | del período agrícola correspondiente |
| TRIGO-SOJA Y OTROS CULT. ASOCIADOS | Intereses Capital más intereses |
10 de nov | del período agrícola cultivo invernal |
| 10 de jun | del período agrícola cultivo estival | ||
| SOJA-TRIGO Y OTROS CULT. ASOCIADOS | 40% del capital más intereses 60% del capital más intereses |
10 de jun | del período agrícola cultivo estival |
| 10 de nov | del período agrícola cultivo invernal | ||
| DIVERSIFICACION AGRÍCOLA | Capital e intereses | 1 año | según cosecha y comercialización |
- Certificado de Depósito de Ahorro (C.D.A.)
- Garantía Bancaria
- Hipotecaria. En caso que el sujeto de crédito sea persona jurídica,
adicionalmente a la garantía hipotecaria se deberá exigir la garantía
personal solidaria de los titulares de la Sociedad, exceptuándose la
misma en el caso de ser Cooperativas de Producción.
- Para préstamos hasta la suma de G. 80.000.000.- (ochenta millones
de guaraníes), eventualmente para este financiamiento se podrá admitir
garantía prendaria de maquinarias (en condiciones de aceptación en el
mercado, las cuales deberán disponer de pólizas de seguros endosadas
a favor del Banco Nacional de Fomento); y/o bienes semovientes, destinado
exclusivamente para clientes que se dedican habitualmente a la actividad
agropecuaria con arraigo en la zona, verificada fehacientemente por
personal técnico del Banco.
- Para una estructura de garantía mixta (hipotecaria – prendaria), se
podrá permitir una participación de hasta el 30% de bienes muebles y/o
semovientes.
REQUISITOS
- Calificación 1 en el sistema financiero, no poseer antecedentes crediticios
o comerciales negativos.
- Los solicitantes del crédito deberán disponer de las instalaciones
mínimas requeridas para llevar a cabo la actividad a ser financiada.
- Para los casos de inicio de actividades, el promotor del proyecto
deberá poseer experiencia en el rubro a ser financiado, de 1 (un) año
como mínimo.
Es responsabilidad del(os) prestatario(s), dar cumplimiento
a lo dispuesto en la Ley 294/93 del 14-dic-93 de “Evaluación del Impacto
Ambiental” y el Decreto No. 14.281 del 14-Jul-96, que reglamenta dicha
obligación, específicamente en lo referente a la presentación de la
“Licencia Ambiental”. Él/los mismo/s asume/n la responsabilidad por
las sanciones que pudieran corresponder por la trasgresión de las disposiciones
de dicha Ley.
DOCUMENTACIONES
Formularios proveídos por el Banco:
- Solicitud de Crédito, Manifestación de Bienes y Cuadro de Ingreso
y Egreso;
- Declaración Jurada de Deudas actualizada, detallando acreedor, monto,
plazo, tasa interés, vencimientos
- Autorización para pedir informes al Banco Central del Paraguay (en
2 copias)
Fotocopia Cédula de Identidad del solicitante (personas físicas) Registro
Único de Contribuyentes (personas jurídicas)
Certificado de Cumplimiento Tributario o de No Ser Contribuyente, según
el caso
Original o fotocopia autenticada del Título del inmueble ofrecido en
garantía. Cuando de trate de préstamos hipotecarios se deberá adjuntar
el Plano Manzanero ó Plano georeferenciado, según ubicación de la misma.
Contrato de arrendamiento por el periodo del préstamo,
en caso de declarar tierras no propias
Justificación de Ingresos: IMAGRO, Impuesto a la Renta (IR) ó I.V.A.,
según tributo del que sea contribuyente
PERSONAS JURIDICAS (SOCIEDADES) DEBERAN PRESENTAR ADICIONALMENTE
Fotocopia autenticada de Estatutos Sociales y modificaciones inscripto
en el Registro Público
Fotocopia cédula de identidad de los representantes legales
Fotocopia autenticada del Acta de última asamblea de designación de
autoridades en ejercicio ( SA)
Acta del Directorio por la que se autoriza la operación planteada, costando
presencia del Síndico ( SA)
Fotocopia autenticada del Balance y Cuadro de Resultados de los 3 últimos
ejercicios financieros
Fotocopia autenticada de la Memoria del Directorio e Informe del Síndico
(SA)
OBSERVACIONES
Se cobrará G 20.000.-más IVA por gasto de gestión directa de cobro de
préstamos en mora;
Se percibirá en concepto de comisión por análisis de los Estados Contables
los sgtes. Importes:
Desde G 3.000.000.- ..a G 10.000.000.-
..G 20.000.-
Desde G 10.000.001.- a G 20.000.000.- ..G
50.000.-
Desde G 20.000.001.- a G 50.000.000.- G 100.000.-
Más de G 50.000.000.- G 150.000.-
Para mayor información: llamar a los teléfonos: 419-1330 / 419-1618 / 419-1481 / 419 1429
Email:
oficialdenegocios@bnf.gov.py
CALL CENTER : 419-0100