Sector Agricola

BENEFICIARIOS :

productores, sean personas físicas o jurídicas y acopiadores con garantía real.

MONTO A FINANCIAR : hasta el 60% del Costo Directo de Producción, según los límites siguientes:

Personas físicas o Jurídicas: Hasta el límite máximo de financiación establecido en la Ley N º 2.502/04 del 30 de diciembre de 2004 (algodón y diversificación Agrícola solo en guaraníes, hasta el equivalente correspondiente)

Cooperativas de Producción: sin límite.

RUBROS FINANCIABLES:

Capital Operativo: mano de obra, preparación de suelo, siembra, cuidados culturales, tratamientos fitosanitarios, cosecha y otros;

Insumos técnicos: semillas, fertilizantes, pesticidas, herbicidas, bolsas y otros.

CULTIVOS FINANCIABLES:

Soja o trigo o maíz o algodón

Soja – Trigo y otros cultivos asociados (maíz y otros). El solicitante, en este caso, deberá realizar como cultivo principal la soja (cultivo estival) y como complemento el cultivo de trigo, maíz y otros cultivos invernales; deberá disponer de un mínimo de 50 Has. de superficie cultivada , debiéndose elaborar 1 solo Plan de Trabajo e Inversión para los cultivos a ser financiados.

Diversificación agrícola (arroz, caña de azúcar, girasol, canola, ka'a he'e, mandioca, yerba, piña, poroto, sandía, melón, sésamo, sorgo, hortalizas, frutas y otros rubros de renta.

TASA DE INTERES :

En guaraníes: 11% anual, que se pagará de una sola vez en forma vencida. En caso de los cultivos asociados (*) el interés se abonará en dos cuotas;
En dólares: 12% anual que se pagará de una sola vez en forma vencida

PLAZO Y CALENDARIO DE PAGOS:

 

RUBRO

PAGOS

HASTA

 

 

SOJA

Capital e intereses

10 de jun

del período agrícola correspondiente

 

TRIGO

Capital e intereses

10 de dic

del período agrícola correspondiente

 

MAIZ

Capital e intereses

1 año

 

 

ALGODÓN

Capital e intereses

10 de may

del período agrícola correspondiente

 

TRIGO-SOJA Y OTROS CULT. ASOCIADOS

Intereses

10 de nov

del período agrícola cultivo invernal

 

(*)

Capital más intereses

10 de jun

del período agrícola cultivo estival

 

SOJA-TRIGO Y OTROS CULT. ASOCIADOS

40% del capital más intereses

10 de jun

del período agrícola cultivo estival

 

(*)

60% del capital más intereses

10 de nov

del período agrícola cultivo invernal

 

DIVERSIFICACION AGRÍCOLA

Capital e intereses

1 año

según cosecha y comercialización

GARANTIA : hipotecaria en primer rango y como complemento, si fuera necesario Garantía Prendaria.
OBSERVACIÓN: Se podrá admitir garantía prendaria de maquinarias, implementos y equipos agrícolas registrables, con seguros endosados a favor del BNF, semovientes con su Certificación correspondiente, cuando se financie préstamos agropecuarios destinados a capital operativo de hasta G 40.000.000.-ó su equivalente en moneda extranjera a productores que se dedican habitualmente a la actividad agropecuaria, y/o con el usufructo de la explotación de tierra.

REQUISITOS :
Demostrar 1 (un) año como mínimo de experiencia en la actividad desarrollada;
No registrar obligaciones morosas, demandas judiciales sin finiquito; ni registrar informes negativos en el sistema financiero;
Licencia Ambiental;
Presentar los documentos que se detallan en el anexo;

Es responsabilidad del(os) prestatario(s), dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 294/93 del 14-dic-93 de “Evaluación del Impacto Ambiental” y el Decreto No. 14.281 del 14-Jul-96, que reglamenta dicha obligación, específicamente en lo referente a la presentación de la “Licencia Ambiental”. Él/los mismo/s asume/n la responsabilidad por las sanciones que pudieran corresponder por la trasgresión de las disposiciones de dicha Ley.

DOCUMENTACIONES REQUERIDAS

1-

Formularios proveídos por el Banco:

 

- Solicitud de Crédito, Manifestación de Bienes y Cuadro de Ingreso y Egreso;

 

- Declaración Jurada de Deudas actualizada, con detalle acreedor, monto, tasa, plazo, vto.,tipo garantía

 

- Autorización para pedir informes al Banco Central del Paraguay

2-

Fotocopias Cédulas de Identidad del solicitante y cónyuge

3-

Fotocopia Registro Único de Contribuyente (copia autenticada)

4-

Pago de Impuestos: IMAGRO

 

IVA de los últimos 12 meses; Renta del último ejercicio, según corresponda

5-

Balance Impositivo de los 3 últimos ejercicios, si corresponde (copia autenticada)

6-

Flujo de caja por el plazo de la prestación.

7-

Contrato de arrendamiento, si corresponde y fotocopia del pago de algún servicio básico

8-

Original del Título del inmueble ofrecido en garantía y fotocopia de los títulos de propiedades declaradas

 

Acompañar informe pericial y plano manzanero (propiedades urbanas) - plano georeferenciado (rurales)

9-

En caso que el valor del terreno no cubra el importe de la prestación, se deberá contratar una póliza de 

 

seguro si tuviera mejoras asegurables, la cual deberá estar endosada a favor del B.N.F.

 

PARA SOCIEDADES PRESENTAR ADICIONALMENTE

1-

Copia autenticada de Estatutos Sociales y modificaciones inscripto en el Registro Público (SA Y SRL)

2-

Acta de última asamblea de designación de autoridades en ejercicio, copia autenticada, para SA

3-

Acta del Directorio por la que se autoriza la operación planteada, con el parecer del Síndico para SA

4-

Fotocopias Cédulas de Identidad de los representantes legales y sus cónyuges (SA Y SRL)

5-

Memoria del Directorio, para SA

OBSERVACIONES

1-

Se cobrará G 20.000.-más IVA por gasto de gestión directa de cobro de préstamos en mora;

2-

Se percibirá en concepto de comisión por análisis de los Estados Contables los sgtes. Importes:

 

Desde G 3.000.000.- a G 10.000.000.- G 20.000.-

 

Desde G 10.000.001.- a G 20.000.000.- G 50.000.-

 

Desde G 20.000.001.- a G 50.000.000.- G 100.000.-

 

Más de G 50.000.000.- G 150.000.-

  A partir del 1 de julio de 2009 se deberá presentar el Certificado de Cumplimiento Tributario, para
  montos superiores a G.28.177.260.- (20 salarios mínimos)

LAS FOTOCOPIAS DEBEN ESTAR AUTENTICADAS POR ESCRIBANO PUBLICO

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